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En la República Dominicana, el artículo 40 de la Constitución prohíbe encarcelar a las personas por deudas, respaldado por la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Sin embargo, el uso indebido de querellas por estafa puede convertir un incumplimiento contractual en un proceso penal, generando presión sobre el deudor. Este abuso del sistema judicial no solo afecta a quienes enfrentan medidas de coerción, sino que también distorsiona el propósito de la justicia. La distinción entre estafa y incumplimiento de contrato es crucial; la primera es un delito que causa daño, mientras que la segunda es una cuestión civil. 🔗 Más info en el link de nuestra bio. #DerechosHumanos #Justicia #InfoDiarioRD
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